martes, 25 de agosto de 2015

Cobertura de Acuerdo Colegio Médico a Odontólogos

Estimados Colegas, remitimos a Uds Declaración del Departamento de Gestión de Recursos Humanos del MINSAL para su conocimiento.




MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Redes Asistenciales
División de Gestión y Desarrollo de las Personas 
Departamento de Gestión de Recursos Humanos











MINUTA

Cobertura de Acuerdo Colegio Médico a Odontólogos


El acuerdo del colegio médico suscrito con fecha 31 de Julio de 2015 contiene 4 puntos de implementación a corto plazo, de los cuales los profesionales odontólogos se encuentran incorporados en la mayoría de éstos, los cuales se detallan a continuación.

1)      Profesionales Becarios, incluye tanto a Médicos como Odontólogos:
-          Aumento de un 15% en el monto del estipendio, vía asignación legal para todos los becarios, a partir del segundo semestre de 2015 y de acuerdo con las normas reglamentarias vigentes.
-          Mejoras en las condiciones de trabajo incluyendo el acceso a sala cuna para los hijos de becarias y la explicitación del derecho a Licencia Médica y Maternal, para lo cual se evaluará su inclusión explícita en el reglamento de becarios e iniciando su proceso de modificación durante el 2º Semestre de 2015.
-          Reconocimiento de ejercicio profesional durante beca para los efectos del artículo 21 de la ley N° 19.664 mediante ley e iniciando su proceso de modificación durante el 2º Semestre de 2015 para entrar en vigencia en 2016.
-           Reconocimiento de Turnos durante beca para cómputo de 20 años para liberación de guardias nocturnas y en días domingo y festivos (Art. 44 ley N° 15.076) mediante ley e iniciando su proceso de modificación durante el 2º Semestre de 2015 para entrar en vigencia en 2016.
2)      Portabilidad de la acreditación, incluye tanto a Médicos como Odontólogos: nivelación al mayor nivel de la acreditación individual de los cargos del profesional, de los que están contratados, iniciando su proceso de modificación legal durante el 2º Semestre de 2015 para entrar en vigencia en el año 2016.

3)      Incentivo al retiro, incluye tanto a Médicos como Odontólogos: Establecer un nuevo incentivo al retiro en condiciones equivalentes a la ley anterior (Ley Nº 20.707, Minsal 2013) y con periodo de vigencia de seis años, vía iniciativa legal durante 2º Semestre de 2015, para entrar en vigencia en 2016. Una mesa técnica tripartita convendrá los términos específicos de su diseño y aplicación.
4)      Remuneraciones:
Se considera mejoras en las Remuneraciones:
·         Incremento de Asignación de Reforzamiento Profesional Diurno
            EDF: de un 23% a un 28%
            EPS: de un 92% a un 104%
·         Pago de las asignaciones de estímulo -en base a criterios sanitarios y de zonas-, para especialistas y subespecialistas falentes de los Servicios de Salud. El Departamento Odontológico se encuentra analizando la pertinencia de incluir especialidades falentes en el área odontológica, posterior al análisis se determinará la posible incorporación a dicha área.
·         Pago de Asignaciones a profesionales de la EDF con equidad urbano-rural, con un mínimo de 80 % de asignación de estímulo, operativo desde agosto de 2015.
Respecto a los puntos que requieren estudios y análisis a mediano y largo plazo como: Formación y educación continua del recurso humano médico en el Sistema Nacional de Servicios de Salud e Integralidad de la atención en salud y perfeccionamiento de la carrera médica en todos los niveles de atención de salud. Se ha definido como alcance de éstos solo los profesionales médicos.






Santiago, 24 Agosto  2015.